¿Se puede anular la pensión compensatoria?

Anular la pensión compensatoria

Cuando a raíz de una separación o divorcio, uno de los dos cónyuges se ve muy perjudicado económicamente respecto al otro, se puede solicitar el reconocimiento de una pensión compensatoria. Pero, ¿se puede retirar la pensión compensatoria? Y en tal caso, ¿en qué circunstancias se podría solicitar esta medida? A continuación te daremos las respuestas a estas preguntas.

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¿Es posible anular la pensión compensatoria?

Sí, existen causas por las que se puede anular la pensión compensatoria. Hay que pensar que la finalidad de esta figura legal es compensar al cónyuge que ha quedado en una clara posición de desventaja económica con respecto al otro cónyuge a causa de la ruptura del vínculo matrimonial.

Así pues, si esta situación desaparece por alguna razón, es posible que se anule la pensión compensatoria. También se puede perder este derecho en otras situaciones. Lo vemos con más detalle a continuación.

¿En qué casos se puede anular la pensión compensatoria?

Como hemos visto, hay casos en los que se puede quitar la pensión compensatoria al cónyuge que la recibe. Concretamente, hablamos de los siguientes:

Cambios importantes en la situación económica de uno de los cónyuges

Este supuesto está previsto en el artículo 100 del Código Civil, que establece lo siguiente:

Fijada la pensión y las bases de su actualización en la sentencia de separación o de divorcio, sólo podrá ser modificada por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge que así lo aconsejen.

(...)

Artículo 100 del Código Civil

Como es obvio, deben ser circunstancias de una cierta entidad y que no sean de carácter temporal.

Así por ejemplo, no se puede retirar la pensión compensatoria a un cónyuge que ha conseguido un contrato de sustitución de un trabajador, ya que no se puede considerar que su fortuna haya cambiado. Pero sí, por ejemplo, si ha aprobado una oposición.

Contraer nuevo matrimonio o vivir de forma marital con otra persona

Si el cónyuge que cobra la pensión compensatoria vuelve a casarse, perderá este derecho.

Además, aunque la demanda se presente transcurrido un cierto tiempo, los efectos de la sentencia se retrotraerán al momento de ese nuevo matrimonio. Por lo tanto, habrá que devolver las cantidades cobradas entre la fecha de la boda y la de la sentencia.

También es posible anular la pensión compensatoria si, aun no estando casado, el cónyuge lleva una vida marital con otra persona. Es decir, si convive de forma análoga al matrimonio, manteniendo una relación de convivencia que reúna ciertas características, como la habitualidad o la estabilidad.

¿Cómo se solicita anular la pensión compensatoria?

Para pedir que se anule la pensión compensatoria, es necesario presentar una demanda de modificación de medidas en vía civil.

Se deben presentar todas las pruebas con las que se cuente para acreditar la causa por la que se solicita esta medida, si bien también se pueden pedir al Juzgado en caso de que no sea posible obtenerlas de otra forma (por ejemplo, solicitando la declaración de la renta del demandado o el certificado del nuevo matrimonio, en caso de tener conocimiento del mismo).

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