Las parejas de hecho se regulan de forma distinta en cada Comunidad Autónoma. Por esta razón, en este post vamos a hablarte de las parejas o uniones de hecho en la Comunidad de Madrid.
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Contacta con nosotros¿Qué es una pareja de hecho o unión de hecho?
Una pareja de hecho o unión de hecho es la unión entre dos personas, con independencia de su sexo, que no están casadas pero deciden convivir de forma análoga a un matrimonio e inscribir su unión en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma en la que residen.
En España no existe una única normativa de parejas de hecho, siendo las Comunidades Autónomas las que deben regular esta materia.
¿En qué se diferencia una pareja de hecho de un matrimonio?
Vamos a repasar de forma somera las diferencias entre parejas de hecho y matrimonios:
- Las parejas de hecho no son consideradas unidades familiares, por lo que no pueden tributar de forma conjunta en el IRPF. Sí puede hacerlo uno de sus miembros junto a sus hijos.
- Inscribirse como pareja de hecho no otorga los derechos sucesorios propios de las parejas casadas.
- En las parejas de hecho no se aplica un régimen económico predeterminado por ley (es decir, no puede regir la sociedad de gananciales, la separación de bienes ni el régimen de participación).
- Si fallece el titular del contrato de arrendamiento, su pareja de hecho puede subrogarse si acredita 2 años de convivencia como unión de hecho. En caso de tener hijos en común, basta con acreditar la convivencia. Cuando se trata de un matrimonio, el cónyuge puede subrogarse siempre, sin más requisitos que convivir con el fallecido.
Cabe destacar que recientemente se han eliminado los requisitos adicionales que se exigía a las parejas de hecho para acceder a la pensión de viudedad, equiparándolas a los matrimonios actualmente en este aspecto.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse como pareja de hecho en Madrid?
Para registrarse como unión de hechos en la Comunidad de Madrid, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayores de edad, o menores de edad emancipados.
- Tener la residencia en la Comunidad Civil.
- Estar empadronados en el mismo domicilio durante un periodo ininterrumpido de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Ser solteros, viudos, divorciados o separados judicialmente.
- No tener un vínculo de parentesco de hasta tercer grado con el otro miembro de la pareja.
- No formar una pareja de hecho con otra persona.
- Que la unión de hecho no esté inscrita en el Registro de otra Comunidad Autónoma.
- No estar afectados por una deficiencia o anomalía psíquica que impida que el consentimiento a la unión sea válido.
¿Dónde se regulan las parejas de hecho en Madrid?
En Madrid, las uniones de hecho se regulan en la Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 134/2002, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
¿Qué documentos se necesitan para inscribirse como unión de hecho en Madrid?
Para este trámite hay que presentar estos documentos, originales y en fotocopia:
- Justificante de pago de la tasa, modelo 030, el día de la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.
- NIF o NIE, pasaporte completo o Tarjeta de residencia en vigor de los solicitantes.
- Certificación del padrón municipal expedido por el Ayuntamiento del término municipal donde residan los miembros de la pareja (no se admiten volantes). No es necesario aportar este documento en caso de que se autorice su consulta en el modelo de solicitud. Si en la consulta se obtiene un período de empadronamiento inferior a 12 meses o no existen datos, hay que aportar un certificado de empadronamiento histórico. Para acreditar los 12 meses de empadronamiento conjunto de los miembros de la unión se admiten los certificados de Registros de Uniones de Hecho de cualquier Comunidad Autónoma o país de la Unión Europea válidamente emitidos, y los certificados de empadronamiento en cualquier municipio español.
- Autorización firmada para la consulta de datos personales y presentación de la solicitud. La autorización se cumplimentará solo si la solicitud se presenta por representante.
- Certificado del estado civil de los miembros de la pareja. En el caso de las personas solteras, se presenta el modelo de declaración responsable de fe de vida y estado civil de soltería.
- Acreditación de la emancipación, en caso de ser menor de edad.
Registrarse como pareja de hecho en Madrid
En la Comunidad de Madrid se puede inscribir la pareja de hecho por dos vías:
Presencialmente
Para inscribirse como pareja de hecho en Madrid de forma presencial, es necesario seguir los siguientes pasos:
- Cumplimentar el impreso de solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.
- Presentar el impreso anterior y la documentación requerida, excepto el justificante de la tasa abonada, en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid o en alguno de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Registro de Uniones de Hecho se pondrá en contacto con los solicitantes cuando haya recibido toda la documentación. Dicho Registro se encuentra en la calle Los Madrazos número 34, Código Postal 28014, Madrid.
De forma electrónica
Se puede presentar la solicitud a través de Internet si se dispone de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos admitidos por la Comunidad de Madrid. En el siguiente enlace se puede acceder a la solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid
Para hacer la solicitud, hay que entrar en la página web del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. Por este medio se presentan los documentos online, pero es necesario acudir el día de la cita con los originales para que sean cotejados.
Cuando se registra la solicitud, se habilita el servicio de consulta de expedientes. Por otro lado, para recibir notificaciones electrónicas, es necesario estar dado de alta en el servicio NOTE (Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid).
¿Qué efectos tiene la inscripción como pareja de hecho en Madrid?
Conforme a la normativa de Madrid sobre uniones de hecho, los convivientes mantienen los mismos derechos reconocidos a los matrimonios en relación con el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Por otro lado, se aplicarán a las parejas de hecho los derechos y obligaciones establecidos en la normativa madrileña de Derecho Público para los matrimonios, especialmente en materia presupuestaria, de subvenciones y de tributos propios.