El régimen de visitas internacional: qué es y cómo se fija

Régimen de visitas internacional

Cuando uno de los progenitores vive en otro país, no se puede establecer un régimen de visitas normal, como es obvio. En estos casos, no es posible que el progenitor no custodio tenga a su hijo con él algunas tardes entre semana, fines de semanas alternos y la mitad de los distintos periodos de vacaciones.

Así las cosas, en situaciones de este tipo se tiene que establecer un régimen de visitas internacional, o bien cambiar el régimen convencional por uno de este tipo si ya existía uno y la situación ha cambiado.

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¿En qué consiste el régimen de visitas internacional?

Fundamentalmente, se trata de un régimen de visitas en el que hay que concentrar los periodos de estancia del progenitor con su hijo o hijos, ante la imposibilidad de repartirlos de otra manera.

Así por ejemplo, se puede decidir que el menor pase periodos de vacaciones completos con su progenitor, al no poder estar con él el resto del año.

¿Qué diferencias hay entre un régimen de visitas internacional y uno normal?

La principal diferencia entre el régimen de visitas internacional y uno convencional está en el reparto de los tiempos que el progenitor no custodio y el hijo van a estar juntos. Como ya sabemos, y no puede ser de otra forma, tienen que ser menos ocasiones pero más duraderas.

Por otra parte, en el régimen de visitas internacional es conveniente establecer un régimen de comunicaciones un tanto más amplio, que permita compensar los largos periodos de tiempo en los que el progenitor no custodio y su hijo no podrán verse.

Hoy en día esto no es problema alguno, ya que además de las llamadas telefónicas, se pueden utilizar otros medios para realizar videollamadas, entre otras opciones.

Respecto a los desplazamientos necesarios para cumplir el régimen de visitas, se tendrá en consideración los intereses de los hijos, pero también la situación económica de cada uno de los progenitores. Igualmente se deberá establecer quién tiene que acompañar al menor en los viajes que tengan que realizarse.

Otro aspecto importante en el régimen de visitas internacional es ser flexible y permitir visitas no contempladas en principio. Teniendo en cuenta que el progenitor no custodio tiene especiales dificultades para estar con su hijo, es recomendable permitir que esto ocurra cuando dicho progenitor tenga ocasión para ello. Siempre bajo el respeto de unas reglas, como la necesidad de avisar previamente.

¿Cómo se decide cuál será el régimen de visitas internacional?

En realidad, el régimen de visitas internacional se decide del mismo modo que un régimen de visitas al uso. Es decir, se puede establecer en un convenio, si se trata de un procedimiento de mutuo acuerdo, o bien lo decidirá el juez en sentencia si el procedimiento es contencioso.

Si en el régimen de visitas normal hay que atender a las circunstancias concretas de cada caso, esta necesidad se hace aún más evidente cuando se trata de un régimen de visitas internacional. En situaciones como estas, las soluciones posibles pueden ser muy diversas, en función de cuál sea el caso.

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