Aunque el régimen de visitas es de obligado cumplimiento, hay casos en los que los menores no quieren irse con el progenitor que no tiene la custodia, que es el que tiene derecho a estas visitas. ¿Qué se puede hacer en estos casos? ¿Qué consecuencias tiene para el otro progenitor? A continuación encontrarás toda la información.
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Contacta con nosotrosSi un hijo no quiere cumplir el régimen de visitas, ¿qué sucede?
En este tipo de casos, se tiene en cuenta la edad que tiene el menor. Antes de los 12 años, el régimen de visitas es obligatorio por lo general.
Pero cuando se trata de un mayor de 12 años, el Juez tiene que explorar al menor. Es decir, lo oirá para saber por qué no quiere irse con su padre o con su madre, pudiendo llegar a modificar el régimen de visitas.
Si el menor tiene cumplidos ya los 14 años, es más fácil que el Juez acceda a concederle el cambio del régimen de visitas, ya que en estos casos se entiende que el niño tiene un grado de madurez mayor.
No obstante, como hemos visto ya, dicho cambio se puede producir también antes de los 14 años.
Mi hijo no cumple el régimen de visitas, ¿qué debo hacer?
Si tu hijo no quiere cumplir el régimen de visitas y tienes claro que se debe solo a su propia voluntad, puedes presentar una demanda para que se ejecute el convenio regulador o la sentencia. El régimen de visitas es de obligado cumplimiento, por lo que te asiste este derecho.
Es importante que hayas acreditado los intentos de hacer cumplir el régimen de visitas, con la presentación de un burofax en el que hayas requerido dicho cumplimiento, o mediante testigos (siempre es mejor que no sean familiares, para que tengan más credibilidad) que te hayan acompañado a la hora de intentar recoger a tu hijo.
Lo que sucede es que, como hemos visto antes, dependiendo de la edad de tu hijo, el Juez lo puede oír. Por lo tanto, si tu hijo es pequeño, puedes conseguir que se cumpla el régimen de visitas. Pero si el Juez considera que el menor es suficientemente maduro para tomar su decisión, es posible que no puedas obligarlo a estar contigo.
¿Cuál es el papel del otro progenitor en estos casos?
En principio, el progenitor custodio (es decir, el que tiene la custodia) debe intentar poner de su parte para que tu hijo se vaya contigo. Pero si aún no se ha ejecutado la sentencia o el convenio, no tendrá mayores problemas si el niño no accede.
No obstante, si piensa que por obligar al menor a cumplir el régimen de visitas le está produciendo un problema, debe instar un procedimiento de modificación de medidas para que el Juez resuelva.
Ahora bien, si ya se había dictado ejecución de sentencia o convenio, el progenitor custodio tiene que colaborar para que tu hijo cumpla el régimen de visitas.
Si obsta de alguna manera a que tu hijo se vaya contigo, la situación cambia. Podrá recibir una multa (cuya cuantía no está especificada por ley, siendo el Juez quien la establece).
Incluso puede ser condenado por un delito de desobediencia penal del artículo 556 del Código Penal, que conlleva pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses, y podría llegar a perder la custodia de vuestro hijo si el caso reviste de especial gravedad.
Es importante insistir en que los problemas importantes para el otro progenitor vienen después de la ejecución de sentencia o de convenio.
La importancia de recurrir a la mediación
Este tipo de casos son delicados, pero obligar a los niños a que cumplan el régimen de visitas por una ejecución de sentencia o de convenio puede hacer que la situación se tense más aún, y que las relaciones se resientan más de lo que lo han hecho hasta el momento.
Por ello, siempre es mejor intentar solucionar el problema por la vía de la mediación.