¿Se puede pedir un aumento de la pensión alimenticia?

¿Se puede pedir un aumento de la pensión alimenticia?

Cuando hay hijos implicados en una ruptura de pareja, o bien dos personas que no son pareja tienen un hijo, es indispensable que si solo uno de los progenitores se queda con su custodia, se fije una pensión de alimentos a cargo del otro. Incluso es posible su establecimiento en otros regímenes de custodia, como, principalmente, la custodia compartida (aunque es poco frecuente en estos casos).

Pues bien, en este artículo vamos a resolver una duda frecuente en torno a la pensión de alimentos, que es si es posible solicitar que se aumente su cuantía.

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¿Se puede solicitar un aumento de la pensión de alimentos?

Sí, existe la posibilidad de solicitar un aumento de la pensión alimenticia. Hay dos casos que lo permiten:

  • Si aumentan las necesidades del hijo a cuyo favor se ha establecido la pensión de alimentos.
  • Si mejora la posición económica del obligado al pago de la pensión.

Los alimentos, en los casos a que se refiere el artículo anterior, se reducirán o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alimentista y la fortuna del que hubiere de satisfacerlos.

Artículo 147 del Código Civil

¿Cómo se puede pedir el aumento de la pensión alimenticia?

Para solicitar un incremento de la pensión de alimentos, hay que dirigirse al juzgado de primera instancia en el que se aprobó dicha pensión. 

No obstante, el procedimiento será diferente, en función de si existe acuerdo entre los progenitores o no:

Si hay acuerdo entre los progenitores

Cuando exista acuerdo, se seguirán los trámites previstos en el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

9. La modificación del convenio regulador o de las medidas acordadas por el tribunal en los procedimientos a que se refiere este artículo se sustanciará conforme a lo dispuesto en el mismo cuando se solicite por ambos cónyuges de común acuerdo o por uno con el consentimiento del otro y con propuesta de nuevo convenio regulador. En otro caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 775.

Artículo 777.9 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Por tanto, los progenitores tendrán que presentar propuesta de modificación del convenio regulador, con la firma de ambos, y que será supervisada por el Ministerio Fiscal. 

En caso de que no se aprecie que lo acordado pueda ser lesivo para los intereses de los hijos, se aprobará la propuesta. De lo contrario, terminará el proceso de mutuo acuerdo y el asunto continuará por como un procedimiento contencioso.

Si no existe acuerdo entre los cónyuges

En caso de que los cónyuges no estén de acuerdo en aumentar la cuantía de la pensión, se tendrán que seguir los trámites del artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por remisión del artículo 775.

Lo más significativo de este caso es que el progenitor que pretenda el aumento de la pensión tiene que presentar una demanda de modificación de medidas, y, salvo que las partes alcancen un acuerdo durante algún momento del proceso, será el juez quien finalmente resuelva.

También en este caso, intervendrá en el proceso el Ministerio Fiscal.

La actualización de la pensión de alimentos

Hasta aquí, hemos tratado la posibilidad del aumento de la pensión de alimentos, acordada por los progenitores o solicitada judicialmente por uno de ellos.

Sin embargo, conviene tener en cuenta que, al margen de esa posibilidad, el importe de la pensión de alimentos tiene que actualizarse anualmente, de la forma establecida en la sentencia o acordada en el convenio regulador, según el caso.

Lo más frecuente es que se disponga que la pensión alimenticia se actualice cada año conforme al IPC (índice de precios al consumo), si bien esta no es la única opción posible.

Hay que tener presente que si se establece el IPC como referencia para actualizar la pensión, y este resulta ser negativo un año, la pensión de alimentos podrá disminuir en lugar de aumentar. Para evitar esto, es fundamental recoger en el convenio regulador alguna fórmula por la que quede claro que la pensión solo puede aumentar, y así, si el IPC es negativo, se mantendrá el importe de la pensión, sin reducir.

Elena Crespo Lorenzo
Elena Crespo Lorenzo, abogada de familia

Abogada de familia y fundadora de Crespo Law, Abogadas de Familia.

Fundé Crespo Law, Abogadas de Familia después de mi propio divorcio para ayudar a otras personas a resolver el suyo con la empatía y la cercanía que tanto necesitan en momentos como este.

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