Modificación del convenio regulador de mutuo acuerdo

Modificación del convenio regulador de mutuo acuerdo

Existen casos en los que es necesario solicitar que se cambie alguna medida de un convenio regulador, dado que se producen circunstancias distintas a las que existían cuando se aprobó el antiguo convenio. En este post vamos a explicarte cómo se modifica el convenio regulador en caso de mutuo acuerdo entre los cónyuges.

Podemos ayudarte

Somos abogados especialistas en derecho de familia. Si necesitas un despacho con amplia experiencia en la materia, contacta con nosotros e infórmate sin compromiso.

Contacta con nosotros

¿Cómo se modifica el convenio regulador cuando hay mutuo acuerdo?

Para modificar un convenio regulador es necesario instar un procedimiento de modificación de medidas, algo que se puede hacer cuando han variado de forma sustancial las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando se dictaron las medidas recogidas en el convenio anterior.

Al tratarse de un procedimiento de mutuo acuerdo, el escrito inicial pueden presentarlo ambas partes, o una de ellas con el consentimiento de la otra, y a dicho escrito se acompañará una nueva propuesta de convenio. Es necesario que las dos partes estén asistidas por abogado y representadas por procurador, que en estos casos suelen ser los mismos para ambas (al no haber intereses contrapuestos).

Cuando se admite la solicitud, el Letrado de la Administración de Justicia cita a ambas partes para que la ratifiquen separadamente. En caso de que, una vez ratificada la solicitud, resulte que los documentos presentados son insuficientes, se da un plazo de 10 días a las partes para que los completen. Este es el tiempo durante el cual se practica la prueba si se ha propuesto, o bien, en su caso, la prueba que el Tribunal estime conveniente.

¿Dónde se presenta la demanda?

La demanda de modificación de medidas tiene que presentarse ante el mismo Juzgado que dictó el procedimiento en virtud del cual se dictaron las medidas anteriores (que pudo ser un procedimiento de separación, divorcio o medidas paternofiliales).

¿Existe algún límite a la modificación del convenio regulador de mutuo acuerdo?

Como es obvio, la modificación del convenio regulador no puede ser perjudicial para los intereses de los hijos a los que afecte la misma. Es por ello que, en estos casos, el nuevo convenio debe ser aprobado por el Juez, previa supervisión por parte del Ministerio Fiscal.

¿En qué casos se puede modificar el convenio regulador?

De forma general, se puede modificar el convenio regulador para cambiar todas aquellas medidas que se aprobaron mediante el convenio anterior. Así pues, se acude a este procedimiento para solicitar:

Del mismo modo, no se puede solicitar la modificación del convenio regulador para pedir nuevas medidas que no se acordaron en el convenio anterior.

Esto no obsta a que al modificar una medida, se establezca una nueva. Por ejemplo, si una custodia exclusiva pasa a ser una custodia compartida, normalmente se extinguirá la pensión de alimentos, a menos que haya una importante diferencia en la capacidad económica de los cónyuges que aconseje lo contrario.

Concertar cita
Puedes llamarnos al 93 380 15 36 o dejarnos tu nombre y teléfono para que nos pongamos en contacto contigo.


    ¿Por qué deberías escogernos?
    Atención personalizada
    Expertos en Familia
    Amplia experiencia
    Rápida respuesta
    ¿Dónde encontrarnos?

    Oficina en Madrid

    C/ de Velázquez, 53, 2ª Planta 28001 Madrid, Comunidad de Madrid 91 186 34 43 www.crespolaw.es/madrid

    Oficina en Barcelona

    C/ Pau Claris 147, 3º 2ª 08009 Barcelona, Cataluña 93 380 15 36 www.crespolaw.es/barcelona