¿Cuál es el papel del Ministerio Fiscal en los procedimientos de familia?

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En los procedimientos de familia, el Ministerio Fiscal desempeña una función esencial de tutela del interés superior del menor. Su intervención tiene como objetivo garantizar que las decisiones judiciales se ajusten a los derechos fundamentales de los hijos menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

Como vamos a ver en este artículo, esta labor adquiere especial trascendencia tanto en procesos contenciosos como en los de mutuo acuerdo, aunque su función en ambos no es exactamente la misma.

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¿Qué es el Ministerio Fiscal y cuál es su función?

El Ministerio Fiscal es un órgano constitucional cuya misión principal es promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley. Su actuación debe regirse siempre por los principios de legalidad, imparcialidad, unidad de actuación y dependencia jerárquica.

La función general del Ministerio Fiscal viene recogida en el artículo 3 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

¿Qué papel desempeña el Ministerio Fiscal en los procesos de familia?

En el ámbito de los procedimientos de familia, el Ministerio Fiscal ejerce una función de protección reforzada, especialmente cuando existen hijos menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. 

Esta función específica está prevista en el artículo 3.7 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece que corresponde al Ministerio Fiscal intervenir, en defensa de la legalidad y del interés público o social, en aquellos procesos en los que estén comprometidos los derechos de los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

Su intervención resulta preceptiva en todos los procedimientos en los que estén en juego los intereses de los hijos menores, incluso cuando los progenitores estén de acuerdo en las medidas a adoptar (artículo 749.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), e incluso si la defensa de sus intereses supone pasar por encima de la voluntad de sus progenitores.

Por tanto, con respeto a los procedimientos de familia, el Ministerio Fiscal actúa como garante de los intereses de los hijos menores o con discapacidad implicados en un proceso judicial de separación o divorcio, quienes, aunque son parte afectada, carecen de capacidad legal para actuar por sí mismos.

¿Cuál es su labor en los procedimientos de familia de mutuo acuerdo?

En los procedimientos de familia tramitados de común acuerdo, como ocurre habitualmente en casos de divorcio o separación, el Ministerio Fiscal debe examinar el contenido del convenio regulador pactado por los progenitores. Su objetivo es comprobar que las medidas acordadas (relativas a custodia, régimen de visitas, patria potestad, pensión de alimentos, entre otras) respetan el interés superior del menor.

Si considera que el convenio es adecuado, emitirá un informe favorable, lo que permitirá al juez dictar sentencia homologando el acuerdo alcanzado por las partes y dotándolo de eficacia jurídica.

En caso contrario, si detecta que el acuerdo puede resultar perjudicial para los menores, el Ministerio Fiscal podrá oponerse a su aprobación y solicitar la modificación de las cláusulas correspondientes.

¿Cuál es su labor en los procedimientos contenciosos de familia?

En los procesos contenciosos, el papel del Ministerio Fiscal es más activo y complejo. Interviene desde la fase de contestación a la demanda, si bien dicha intervención es inicialmente más formal, a través de escritos estandarizados que se alejan de una participación activa hasta la celebración de la vista oral.

No obstante, durante el juicio, su protagonismo aumenta considerablemente, ya que en esta fase participa en los interrogatorios de las partes, valora la prueba documental, testifical y pericial, y, en especial, presta atención a los informes psicosociales cuando se practican.

Con base en todas estas pruebas, el Ministerio Fiscal formulará un informe final con una propuesta motivada sobre las medidas que considera más adecuadas para los menores.

En la práctica, su intervención suele ser decisiva, ya que su imparcialidad y su función constitucional dotan de gran peso a sus consideraciones, incluso aunque el juez no esté jurídicamente vinculado a ellas.

¿En qué medida influye la opinión del Ministerio Fiscal en la decisión del juez?

El juez es el titular de la potestad jurisdiccional, y, como tal, es el único competente para dictar sentencia. No obstante, la opinión del Ministerio Fiscal tiene mucho peso en la decisión judicial, especialmente cuando se pronuncia en defensa de los derechos de los menores desde una posición objetiva y técnica.

En particular, aunque ya no es exigible que el Ministerio Fiscal emita informe favorable para que se pueda acordar la custodia compartida (tras la declaración de inconstitucionalidad del inciso correspondiente del artículo 92.8 del Código Civil por la Sentencia del Tribunal Constitucional número 185/2012), lo cierto es que la mayoría de las resoluciones judiciales suelen coincidir con las conclusiones del Ministerio Fiscal plasmadas en el informe que emite al finalizar la vista oral.

Dicho informe constituye, por tanto, un claro indicador del posible contenido final de la sentencia, y, aunque el juez no está obligado a seguirlo, el criterio del fiscal es valorado como elemento especialmente relevante para la resolución del conflicto.

Elena Crespo Lorenzo
Elena Crespo Lorenzo, abogada de familia

Abogada de familia y fundadora de Crespo Law, Abogadas de Familia.

Fundé Crespo Law, Abogadas de Familia después de mi propio divorcio para ayudar a otras personas a resolver el suyo con la empatía y la cercanía que tanto necesitan en momentos como este.

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