En algunos casos de divorcio es necesario contestar a la demanda con la que se inicia el proceso, pero esto no sucede siempre. Si necesitas información al respecto, en este artículo vamos a contarte todo lo que debes saber sobre la contestación a la demanda de divorcio.
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Contacta con nosotros¿Qué es la contestación a la demanda de divorcio?
La contestación a la demanda es el escrito procesal mediante el cual el demandado en un divorcio muestra su postura sobre las pretensiones del demandante.
Al presentar la contestación de la demanda, el demandado solicita que se desestimen dichas pretensiones, las acepta o lo hace solo en parte, pudiendo incluso proponer otras medidas.
¿En qué casos se contesta a la demanda de divorcio?
Solo hay que contestar a la demanda de divorcio cuando se trata de un divorcio contencioso, es decir, cuando lo presenta uno de los dos cónyuges unilateralmente y sin contar con el consentimiento del otro cónyuge.
Normalmente se presenta demanda de divorcio contencioso cuando los cónyuges no están de acuerdo en las medidas que deben regir su divorcio. También se puede presentar una demanda de este tipo si uno de los dos cónyuges no desea el divorcio, pero este se va a conceder igual.
Por ello, lo más recomendable es intentar llegar a un acuerdo sobre las medidas y presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo, ya que el proceso es más sencillo y económico.
Pero si esto no es posible, una de las partes presentará de demanda de divorcio contencioso y, cuando se dé traslado de la misma a la otra parte, esta presentará la contestación a la demanda.
¿Cuál es el plazo para contestar a la demanda de divorcio?
Una vez que al demandado se le notifica la demanda de divorcio, este cuenta con un plazo de 20 días hábiles para presentar la contestación a la demanda.
¿Cómo se contesta a la demanda de divorcio?
La contestación a la demanda se contesta por escrito, y debe dirigirse al mismo Juzgado al que llegó la demanda de divorcio.
El documento debe ser muy preciso respecto a si se aceptan o no las pretensiones de la otra parte, si se hace solo de forma parcial o si se formulan otras pretensiones distintas a las del demandante.
A la contestación a la demanda de divorcio se deben aportar todos aquellos documentos que justifiquen la oposición a las pretensiones de la otra parte, como nóminas, declaraciones de la renta, facturas, etc., o aquellos que sirvan para apoyar las pretensiones propias.
El demandado debe contar con su propio abogado y procurador. Aprovechando esta circunstancia, es muy importante que se deje asesorar por su letrado para contestar a la demanda, ya que este profesional puede aconsejarle sobre la manera más correcta de defender sus intereses.
¿Qué opciones tiene el demandado ante la demanda de divorcio?
Una vez que recibe la demanda de divorcio, las posibilidades del demandado son las siguientes:
Contestar a la demanda
En primer lugar puede presentar la contestación a la demanda en el plazo de 20 días hábiles, pudiendo:
- Oponerse a todas las pretensiones del demandante.
- Aceptar todas las pretensiones del demandante (allanarse totalmente).
- Oponerse a una parte de las pretensiones del demandante y aceptar las demás (allanarse parcialmente).
- Introducir en la contestación a la demanda sus propias pretensiones, lo que se conoce como reconvención. Deben ser medidas de las cuales no deba pronunciarse de oficio el Juez (por ejemplo, no pueden ser las relativas a los hijos menores de edad). Si el demandado reconviene, el demandante tiene a su vez un plazo de 10 días hábiles para contestar a la demanda de reconvención.
- Oponerse no a las pretensiones del demandante, sino a los fundamentos jurídicos en los que se basa la demanda.
- Alegar excepciones procesales o de cualquier tipo para que el proceso termine con una sentencia sobre el fondo.
Como hemos visto, el cónyuge demandado puede admitir las pretensiones de la otra parte en la contestación a la demanda. Si lo hace con todas las pretensiones, hablaremos de un allanamiento total.
En este caso, el procedimiento puede convertirse en un divorcio de mutuo acuerdo, ya que al haber consenso, los cónyuges pueden recoger las medidas en una propuesta de convenio regulador y agilizar el proceso.
Si solo se admite parte de las pretensiones del demandante, se tratará de un allanamiento parcial. Será necesario seguir con los trámites del divorcio contencioso, ya que quedarán cuestiones sobre las cuales litigar.
No contestar a la demanda pero sí personarse en el proceso
El demandado puede no contestar a la demanda, pero personarse en el proceso con abogado y procurador, lo que le permitirá tener estar presente en las actuaciones judiciales.
No contestar a la demanda ni personarse
En este caso se declarará al demandado en rebeldía. Las consecuencias para esta parte pueden ser muy graves, ya que el juez admitirá como ciertos los hechos que se aleguen en la demanda de divorcio.