Para iniciar un divorcio es necesario presentar una demanda en el Juzgado competente. Sin embargo, según cómo vaya a ser el proceso, se puede interponer uno u otro tipo de demanda de divorcio. Por ello, a continuación vamos a explicarte lo que debes saber acerca de la demanda de divorcio.
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Contacta con nosotros¿Qué tipos de demanda de divorcio existen?
En función de cómo vaya a ser el divorcio, se pueden interponer los siguientes tipos de demanda de divorcio: de mutuo acuerdo o contencioso.
Demanda de divorcio de mutuo acuerdo
Es la demanda que se presenta cuando solicitan el divorcio los dos cónyuges, o uno solo con el consentimiento del otro. En este caso, los dos cónyuges pueden interponer la demanda estando asistidos por un mismo abogado y representados por el mismo procurador.
Ambos cónyuges están de acuerdo en las medidas que regirán el divorcio (quién tendrá la guarda y custodia de los hijos en su caso, pensión de alimentos a favor de estos, etc.). Por lo tanto, todas esas medidas se deben plasmar en una propuesta de convenio regulador que acompañará a la demanda de divorcio.
Si el juez aprueba dicha propuesta, las medidas del convenio regulador propuesto serán las que rijan una vez que se produzca el divorcio.
Demanda de divorcio contencioso
Esta demanda se interpone si el divorcio se solicita de forma unilateral por uno de los dos cónyuges y sin consentimiento del otro.
En este caso no hay acuerdo sobre las medidas que deben regir el divorcio, por lo que uno de los dos cónyuges interpone la demanda de divorcio, y el otro tendrá que presentar la contestación a la demanda.
Cuando se presenta una demanda de divorcio contencioso, cada uno de los dos cónyuges tiene que contar con su propio abogado y procurador.
¿Cuál es el contenido de la demanda de divorcio?
Una demanda de divorcio debe contener siempre los siguientes datos:
- Hechos:
- Datos del matrimonio: nombre completo de cada cónyuge y fecha y lugar en que se celebró el matrimonio.
- Datos relativos a los hijos en común: nombres completos y fecha de nacimiento de cada uno de ellos.
- La voluntad del demandante o demandantes de solicitar el divorcio.
- Fundamentos de Derecho: artículos legales en los que el demandante o demandantes fundan sus pretensiones, de forma numerada y separada.
- Suplico, mediante el cual se solicita al juzgado aquello que se pretende mediante la demanda.
¿Dónde se presenta la demanda de divorcio?
La demanda de divorcio puede presentarse tanto en el lugar del domicilio del matrimonio como en el de cualquiera de los cónyuges, si son distintos en el momento en que se interpone la demanda.
Esto es así tanto en el caso de presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo como de divorcio contencioso.
¿Qué documentos deben acompañar a la demanda?
Los documentos que se presentarán siempre junto a la demanda, con independencia del tipo que sea, son los siguientes:
- Poder general para pleitos, que se puede conseguir mediante poder notarial o apud acta (en el juzgado).
- Certificado de empadronamiento de los cónyuges.
- Certificado literal de matrimonio del Registro Civil.
- Certificado literal de nacimiento de los hijos, en su caso.
Otros documentos que se pueden presentar junto a los anteriores si el divorcio es contencioso son estos:
- Documentos que acrediten la situación económica de los cónyuges, que pueden ser declaraciones de la renta, nóminas, etc.
- Escrituras públicas y documentos privados relacionados con los bienes comunes de los cónyuges: escrituras de compraventa, documentos que reflejen la compra de bienes gananciales, etc.
- Otros documentos: por ejemplo facturas de gastos de los hijos, como las relativas a clases particulares o tratamientos médicos.
Si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo, se presentarán los documentos necesarios en todos los casos que vimos al comienzo de este apartado (poder general para pleitos y certificados) y también la propuesta de convenio regulador, firmada por los dos cónyuges y por el abogado.
¿Cuál es el proceso según el tipo de divorcio?
Según el tipo de demanda de divorcio que se presente, el divorcio se tramitará de una u otra forma:
Divorcio de mutuo acuerdo
El proceso comienza con la presentación de la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Como ya sabemos, la pueden presentar los dos cónyuges o uno de ellos con el consentimiento del otro.
Tras la presentación de la demanda, el juzgado la admitirá a trámite y citará a los cónyuges para que se ratifiquen en su propuesta de convenio regulador. Su contenido debe ser revisado por el Ministerio Fiscal si existen hijos menores de edad o con discapacidad.
Una vez que los cónyuges se han ratificado en el convenio presentado y que el Ministerio Fiscal ha aprobado su contenido en su caso, se dictará sentencia que recogerá el convenio propuesto.
Divorcio contencioso
En este caso presentará la demanda uno de los dos cónyuges. El juzgado la admitirá a trámite y dará traslado de la demanda a la otra parte, que tendrá que presentar la contestación a la demanda en un plazo de 20 días.
Se citará a las partes para que se celebre un juicio, en el que tendrán que ratificarse en sus posturas o modificar sus pretensiones, y se practicarán las pruebas admitidas.
Si hay hijos menores de edad pero mayores de 12, o incluso con menos edad pero suficiente madurez, deben ser escuchados.
Finalmente el juez dictará sentencia, en la cual se recogerán las medidas que regirán el divorcio.