La finalidad del convenio regulador es regular los efectos patrimoniales y personales de la separación, y proporcionar así una solución a todos los asuntos que supongan una relación entre las partes, con el objetivo de evitar conflictos en el futuro.
No obstante, a veces el convenio no prevé todas las situaciones que se pueden presentar, o bien alguna de las partes incumple abiertamente los acuerdos recogidos en él. Uno de los temas que pueden ocasionar más conflictos es la custodia de los hijos en vacaciones y el régimen de comunicación con ellos en esas fechas.
Podemos ayudarte
Somos abogados especialistas en convenios reguladores. Si necesitas un despacho con amplia experiencia en la materia, contacta con nosotros e infórmate sin compromiso.
Contacta con nosotras¿Qué tipos de incumplimiento del convenio regulador pueden tener lugar en vacaciones?
El periodo de vacaciones de los hijos altera el ritmo normal de guarda y custodia y el régimen de visitas y comunicación a favor del progenitor no custodio. Los incumplimientos más habituales pueden ser:
- Uno de los progenitores no quiere colaborar planificando con tiempo los periodos de vacaciones, ni dando cumplimiento al preaviso que se haya podido establecer.
- Los progenitores boicotean mutuamente las posibilidades de comunicación con los hijos cuando estos están con el otro progenitor, impidiéndoles hablar con ellos o insistiendo en visitarlos cuando no les toca la custodia, o en llamarlos a todas horas.
- Uno de los progenitores no cumple con sus obligaciones de guarda y custodia en el periodo vacacional que le ha correspondido, bien porque tiene a los hijos más tiempo consigo, bien porque no se ocupa de ellos cuando le toca.
¿Qué dice la ley sobre el incumplimiento del convenio regulador?
Actualmente, el cumplimiento o incumplimiento del convenio regulador es una cuestión que pertenece al ámbito civil, no penal, por lo que los conflictos que puedan surgir deberán solucionarse acudiendo a la jurisdicción civil.
El artículo 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las consecuencias del incumplimiento de las medidas adoptadas en caso de separación o divorcio, y que se encuentran plasmadas en la sentencia o en el convenio regulador, según el caso.
De forma general, para cualquier incumplimiento de lo establecido en el convenio regulador, se podrá instar de los tribunales la ejecución forzosa de los términos del convenio, teniendo en cuenta las especialidades que recoge el artículo.
En relación con el incumplimiento del régimen de visitas en particular, sea quien sea el progenitor que incumple y el modo en que lo haga, el incumplimiento puede dar lugar además a la modificación del régimen de guarda y visitas, siempre que dicha modificación redunde en el interés de los hijos (artículo 776.3).
¿Qué se puede hacer ante el incumplimiento del convenio en materia de vacaciones de los hijos?
Como hemos visto, en virtud de la ley se puede acudir al juez para solicitar la ejecución forzosa de los términos del convenio, y si el incumplimiento es reiterado, también se puede instar una modificación de las medidas adoptadas en materia de guarda y custodia.
No obstante, esta solución lleva tiempo y no soluciona el problema a corto plazo, por lo que, sin perjuicio de que se lleve a cabo, conviene realizar además otras acciones:
Redactar un convenio regulador muy detallado
En primer lugar, la mejor forma de evitar ese tipo de conflictos en el futuro es prever en el convenio, con todo el nivel de detalle posible, los siguientes extremos:
- La forma en que cada progenitor se podrá comunicar con los niños cuando no los tenga bajo su custodia, teniendo siempre en cuenta no perjudicar el tiempo que pasan con el otro progenitor. Se podrá acordar también que los niños tengan un teléfono propio para comunicarse con ellos sin depender del padre o la madre.
- La forma de repartir el tiempo de vacaciones, para que no haya conflictos por hacer interpretaciones erróneas.
- El modo y plazo de preaviso del periodo vacacional, por parte del progenitor al que le toque elegir cada vez.
- El lugar y momento en que cada progenitor deberá ir a recoger a los niños y dónde y cuándo deberá devolverlos.
Cuanto más detallado sea el convenio, menos conflictos surgirán más adelante. Más información en nuestro post: ¿Cómo hacer un convenio regulador?
Intentar solucionar el problema extrajudicialmente
En caso de que se haya producido un incumplimiento puntual, conviene tratar de solucionarlo sin acudir al juez, y de ese modo evitar un conflicto mayor.
Lo mejor es tratar de hablar e intentar llegar a un acuerdo, si es que el otro progenitor tiene un problema puntual que le impide cumplir en esa ocasión con los términos del convenio (compromisos laborales, problemas personales, etc.).
Ser flexibles y hacer alguna concesión de vez en cuando puede servir para cuando sea el otro progenitor el que no pueda cumplir con lo establecido por motivos razonables, sin tener que sufrir siempre la amenaza de los tribunales.
Apercibir a la otra parte por un medio fehaciente
En caso de que no sea posible solucionar el conflicto de otra manera, es aconsejable apercibir a la parte incumplidora mediante el envío de un burofax con certificación del contenido, recordándole que se solicitará la ejecución forzosa del convenio en caso de que siga con su comportamiento.
También se le informará de que, en caso de que su incumplimiento sea reiterado, se solicitará una modificación del régimen de guarda y custodia o del régimen de visitas, según corresponda.
Si aun así, no cumple, habrá que acudir a los tribunales para hacer cumplir las medidas de manera forzosa.


