¿Qué puedes hacer si tu expareja no te deja recoger tus pertenencias tras el divorcio o separación?

Recoger pertenencias divorcio

En ocasiones, con motivo de los trámites de divorcio o separación, uno de los miembros de la pareja abandona el domicilio común sin la previsión de llevarse sus pertenencias consigo. Una vez recaída sentencia, el proceso de recuperación de las pertenencias puede complicarse, sobre todo si la expareja se niega a permitir el acceso a la vivienda. 

¿Qué se puede hacer en estos casos? ¿Es posible entrar sin permiso al domicilio?

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¿Cuándo se pueden recoger las pertenencias del domicilio común tras un divorcio o separación?

El momento óptimo para recoger las propias pertenencias de la vivienda común es el momento en que se abandona dicho domicilio, lo cual puede ocurrir como consecuencia de la sentencia de divorcio o separación, o previamente, desde que se interpone la demanda.

El problema es que en ocasiones la vivienda es común de ambos cónyuges, y el que la abandona provisionalmente puede pensar que le corresponderá el uso de la vivienda y no tendrá necesidad de sacar sus cosas.

En cualquier caso, lo mejor es aprovechar el momento en que se abandona el domicilio para llevarse todas las pertenencias consigo, ya que, posteriormente, será necesario contar con el consentimiento expreso o tácito de la expareja para poder acceder a la vivienda y recuperarlas.

¿Qué pasa si tu expareja no te permite entrar a la vivienda a recoger tus pertenencias?

Puede ocurrir que la expareja se niegue a dar acceso libre a la vivienda para recoger las pertenencias, y que, en su lugar, exija que se haga cuando está en casa. En ese caso, habrá que respetar sus deseos y tratar de llegar a un acuerdo sobre el momento más adecuado para ambos.

Las opciones disponibles son:

  • Optar por la vía del diálogo, manteniendo la calma en cualquier contacto o comunicación con la otra parte. Si el problema es la falta de acuerdo sobre quién es el titular de cada bien, es conveniente negociar de manera amistosa, basándose en las normas de reparto de bienes que sean aplicables según el régimen económico matrimonial.
  • Si aun así, quien ocupa la vivienda no da facilidades, puede ser conveniente acudir a una persona neutral de confianza que acompañe a ambos en el proceso, e incluso que acuda con el interesado a la vivienda en el momento de ir a recoger las cosas.
  • A falta de un tercero de confianza, se puede acudir a un mediador profesional que ayude a resolver el conflicto y a llegar a un acuerdo.
  • Si nada de lo anterior funciona, se puede acudir a los tribunales y exigir la restitución de los bienes por la vía judicial.

Es fundamental documentar en la medida de lo posible todos los intentos de llegar a un acuerdo y los requerimientos hechos a la otra parte (comunicaciones, llamadas no contestadas, correo electrónico, etc.), porque será necesario poder probar su oposición ante los tribunales.

También es importante tener claro qué bienes se desean recuperar y si realmente se es titular de dichos bienes, y en caso de ser así, comunicarlo a la otra parte. Para ello hay que recabar todo tipo de información que ayude a probar la propiedad, como facturas, recibos o títulos de cualquier tipo que prueben la adquisición, el pago del mantenimiento, etc.

¿Puedo entrar por mi cuenta si la vivienda es común?

Si la vivienda pertenece en común a ambos cónyuges, y aún no ha sido atribuido su uso a uno de los dos (por estar en trámites el divorcio, por ejemplo), se puede tener la tentación de entrar directamente en ella sin contar con el consentimiento del otro cónyuge, con el peligro de cometer un delito de allanamiento de morada del artículo 202 del Código Penal, castigado con pena de prisión de 6 meses a 2 años.

En este sentido se pronunció la jurisprudencia en la sentencia del Tribunal Supremo número 389/2020 de 10 de julio.

Esto puede ocurrir si ya se ha abandonado la vivienda, aunque se mantenga su titularidad, ya que, desde ese momento, se considera morada de la persona que la habita, tenga pleno derecho a hacerlo o no.

Así que en ningún caso se debe acceder a la vivienda que ya se ha abandonado sin el permiso de la expareja que habita en ella.

¿Qué pasa si mi ex dice que mis pertenencias son suyas?

La distribución de los bienes después de un divorcio o separación se rige por las reglas que disponga el régimen económico matrimonial aplicable. 

El Código Civil recoge para cada caso las normas por las que un bien se considera de titularidad común o privativo, y antes de proceder a la liquidación de la sociedad conyugal (en caso de existir), hay que hacer inventario de todos los bienes y determinar a quién pertenecen y cómo se reparten los bienes en común.

Con ese inventario y liquidación, el cónyuge que abandonó la vivienda puede acudir a los tribunales a exigir la restitución de los bienes que le pertenecen, solicitando la ejecución de la sentencia.

Elena Crespo Lorenzo
Elena Crespo Lorenzo, abogada de familia

Abogada de familia y fundadora de Crespo Law, Abogadas de Familia.

Fundé Crespo Law, Abogadas de Familia después de mi propio divorcio para ayudar a otras personas a resolver el suyo con la empatía y la cercanía que tanto necesitan en momentos como este.

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