¿Qué es el Punto de Encuentro Familiar y cuál es su papel tras un divorcio?

Punto de Encuentro Familiar

El Punto de Encuentro Familiar (PEF) es un servicio que prestan las entidades públicas o privadas en aquellos supuestos en los que existe conflictividad para cumplir el régimen de visitas tras un divorcio o ruptura con hijos.

El objetivo que tiene dicho lugar es garantizar el interés superior del menor, ya que siendo un punto de encuentro neutral y cómodo, se garantiza su derecho fundamental a continuar relacionándose con sus progenitores o con otro miembro de la familia que no tenga la custodia.

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¿Cuándo se puede solicitar que el régimen de visitas se cumpla en un PEF?

La solicitud para que el régimen de visitas del progenitor no custodio se desarrolle en un Punto de Encuentro Familiar se suele solicitar con las medidas previas a la demanda de divorcio o después de que se produzca el mismo.

Cuando en un inicio no se ha requerido el cumplimiento del mencionado régimen en un PEF, se puede realizar de forma posterior. Los supuestos en los que se puede solicitar son:

  • Cuando el menor hubiera experimentado situaciones violentas en el seno familiar, ya sea hacia sí mismo o indirectamente, hacia otro miembro de la familia.
  • Si existe una gran conflictividad entre los progenitores a la hora de la recogida del menor, de modo que se eviten discusiones en presencia de los hijos.
  • En los supuestos en los que haya existido distanciamiento entre el menor y el progenitor no custodio, ya que lo más beneficioso para el menor es que la relación se retome de modo paulatina y bajo vigilancia.
  • Si el menor se niega a mantener una relación con el progenitor que no tiene la custodia.
  • Cuando el progenitor no custodio sufre una adicción o algún tipo de enfermedad mental.
  • Tras haber existido un reiterado incumplimiento del régimen de visitas, ya sea del progenitor que tiene la custodia como del que no la tiene.
  • Cuando se trate de menores que están en acogida, a la hora de visitar a su familia de origen.
  • Si no existe un lugar, por cualquier motivo, en el que las visitas se puedan realizar adecuadamente.
  • Cuando hay una orden de alejamiento entre los progenitores y ninguna otra persona cercana al seno familiar puede encargarse de la recogida del menor.

¿Cuál es el objeto de un Punto de Encuentro Familiar?

El Punto de Encuentro Familiar, aunque lo pueden solicitar tanto los progenitores como los abuelos y otros familiares que tengan vinculación con el menor, debe ser temporal y utilizarse de forma excepcional. Sus objetivos fundamentales son:

  1. Favorecer que se cumpla el régimen de visitas.
  2. Lograr que se pueda prescindir del PEF en el futuro, mediante orientación a los familiares para que logren llegar a un acuerdo.

El PEF se puede utilizar para realizar la entrega y recogida de los menores, para hacer visitas tuteladas para que el menor esté más seguro o cómodo, ya que son visitas con supervisión, para realizar visitas no tuteladas cuando se llevan a cabo sin supervisión, o para el acompañamiento al menor.

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