¿Quién decide las actividades extraescolares de los hijos tras el divorcio?

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Un motivo de desacuerdo frecuente después de un divorcio es la decisión sobre las actividades extraescolares que deben tener los hijos, y a quién corresponde pagar el gasto de las mismas.

La solución a ambas cuestiones depende de las características de la actividad extraescolar y de su carácter necesario o voluntario. 

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¿Quién decide las actividades extraescolares que deben hacer los hijos?

Lo ideal es que las actividades extraescolares, sea antes o después del divorcio, se decidan de común acuerdo entre los progenitores y el hijo, pero en la práctica no siempre es así.

Si las actividades son totalmente voluntarias, el hijo debería poder opinar, pero si han sido recomendadas por profesionales sanitarios o educativos, la opinión de los progenitores prevalece. Por ejemplo, si el hijo debe ir a clases de inglés o de refuerzo educativo, o si debe realizar algún deporte especialmente indicado para su salud.

La decisión sobre las actividades extraescolares entra dentro del ejercicio de la patria potestad, que corresponde a ambos progenitores por igual, salvo que por mutuo acuerdo o en sentencia judicial se haya decidido otra cosa.

La patria potestad es independiente de la guarda y custodia, por lo que el progenitor custodio, en caso de custodia exclusiva, no puede tomar esa decisión unilateralmente.

Solo se podrá decidir unilateralmente una actividad extraescolar si se cumplen los siguientes requisitos: 

  • Que no interfiera con los tiempos de visita y estancia, o de custodia, en su caso, que correspondan al otro progenitor.
  • Que las pague el progenitor que las ha decidido.
  • Que no sean contrarias a deseos expresos o a las creencias del otro progenitor.

¿Quién debe pagar las actividades extraescolares?

Las actividades extraescolares son gastos extraordinarios, a menos que ya se estuvieran realizando antes del divorcio y se contara con ellos, en cuyo caso, se incluyen en el convenio regulador o en la sentencia de divorcio, determinando la contribución de cada progenitor al pago de dicha actividad.

Si no es así, y si se trata de nuevas actividades extraescolares, se trata de un gasto extraordinario que deberá pagarse en la forma en que se hubiera decidido en la sentencia de divorcio. Puede que esos gastos se paguen por mitad o bien en un porcentaje diferente pactado en atención a la diferencia de medios económicos de los progenitores.

No obstante, si no se trata de un gasto necesario, es decir, si no obedecen a recomendaciones educativas o médicas, el progenitor que no esté de acuerdo no tiene obligación de pagar su coste. 

En ese caso, si no se opone a que se realicen, el progenitor que la proponga y decida deberá ser quien corra con el gasto.

¿Qué pasa si no hay acuerdo sobre las actividades extraescolares a realizar?

Si los progenitores no se ponen de acuerdo sobre la necesidad o conveniencia de que el hijo realice alguna actividad extraescolar en concreto, se trata de una discrepancia que afecta al ejercicio de la patria potestad.

El artículo 156 del Código Civil regula el llamado incidente de patria potestad, que es un procedimiento por el cual se recaba la ayuda judicial para resolver un conflicto sobre una decisión que afecta a la patria potestad.

Para ello habrá que presentar un escrito en el juzgado de primera instancia competente expresando la solicitud que se dirige al juez, las razones de la conveniencia de la actividad extraescolar, su carácter necesario o no, el tiempo en que deberá realizarse, etc.

El juez oirá a las partes y al hijo, si tiene más de 12 años o si presenta la madurez suficiente, en caso de ser menor de dicha edad, y atribuirá la facultad de decidir sobre el asunto a una de las partes. 

En la práctica, no obstante, el juez también resuelve sobre el fondo de la cuestión, no limitándose a dar el poder de decisión a uno u otro.

¿Qué pasa si el otro progenitor no quiere pagar la actividad extraescolar?

Cuando el conflicto proviene de la negativa de uno de los progenitores a pagar la actividad, se podrá acudir igualmente a los tribunales para obligarle a pagar siempre que la actividad reúna los requisitos para poder exigir el pago a la otra parte, es decir, que se trate de una actividad necesaria. 

Si es así, el primer paso es enviar un requerimiento fehaciente de pago al otro progenitor, expresando el carácter necesario de la actividad y adjuntando el recibo que corresponda.

A continuación, se podrá acudir al procedimiento establecido en el artículo 776.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, conocido como procedimiento declarativo de gasto extraordinario. 

Dicho procedimiento está previsto para los casos en que se pretende la ejecución forzosa de gastos extraordinarios que no están expresamente previstos en las medidas definitivas o provisionales dictadas con motivo del divorcio.

Por esa razón, el paso previo es declarar que la cantidad reclamada tiene la consideración de gasto extraordinario, y una vez decidido, procederá la ejecución forzosa.

Si el gasto correspondiente a esa concreta actividad extraescolar ya estuviera reflejado en la sentencia, se podrá instar directamente la ejecución de la medida.

¿Cuándo no es posible oponerse a que se realice una actividad extraescolar?

Cuando un progenitor ha realizado actos durante un tiempo que implican su acuerdo expreso o tácito a la realización de una actividad, luego no puede negarse a su continuación.

Así, si el otro progenitor no se ha opuesto en el pasado a que el hijo realice una concreta actividad extraescolar y además ha abonado su parte de los gastos puntualmente, no puede alegar de pronto que no está de acuerdo con dicha actividad.

No obstante, si el motivo está justificado por razones que antes no existían, puede acudir al incidente de patria potestad y defender sus argumentos.

Elena Crespo Lorenzo
Elena Crespo Lorenzo, abogada de familia

Abogada de familia y fundadora de Crespo Law, Abogadas de Familia.

Fundé Crespo Law, Abogadas de Familia después de mi propio divorcio para ayudar a otras personas a resolver el suyo con la empatía y la cercanía que tanto necesitan en momentos como este.

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