La custodia compartida supone el reparto del tiempo de custodia de los menores entre los dos progenitores de modo que se garantice el derecho de los hijos a relacionarse con ambos el tiempo que sea posible.
No se trata de un reparto igualitario, aunque pueda adoptarse también esa forma, sino de una distribución del tiempo de forma que ambos progenitores tengan la custodia de forma adecuada a las necesidades y posibilidades de cada familia.
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Contacta con nosotras¿Quién decide el reparto del tiempo en la custodia compartida?
La custodia compartida no sigue una fórmula rígida, inamovible y universal para todos los casos. Lejos de esto, la finalidad es encontrar un sistema de reparto de tiempos que se adapte lo mejor posible a la disponibilidad de los progenitores y a las necesidades de los hijos.
Por aplicación de este criterio, existen distintos sistemas de reparto del tiempo en la custodia compartida, pero aunque sean los más habituales, no se trata de una lista cerrada, y los progenitores pueden adoptar de común acuerdo el que mejor se adecúe a su caso particular.
De hecho, si existe acuerdo entre las partes, y el juez no observa ningún perjuicio para los implicados, y, sobre todo, si se tiene en cuenta el interés superior del menor, cualquier propuesta de los padres recogida en el convenio regulador y debidamente justificada será aprobada por el juez.
A falta de acuerdo, será el propio juez quien decida qué sistema de custodia compartida adoptar, a la luz de las alegaciones de las partes y de las pruebas practicadas.
No obstante, al tratarse de un tema que afecta directamente a los menores de edad, antes de tomar una decisión, deberá valorarse el informe emitido por el Ministerio Fiscal.
¿Qué formas de reparto del tiempo existen en custodia compartida?
Dicho lo anterior, vamos a analizar los sistemas de reparto del tiempo más habituales en custodia compartida:
Reparto igualitario en custodia compartida 50/50
Esta forma de custodia compartida es quizá la más conocida y habitual, y consiste en repartir el tiempo de custodia entre ambos progenitores de forma equitativa.
Normalmente, la alternancia se produce por semanas completas, pero se puede adoptar cualquier otra distribución del tiempo, siempre que se atribuya el mismo a ambos progenitores: por quincenas, por meses, etc.
Es un sistema fácil de asimilar por los niños, y les proporciona cierta estabilidad, además de suponer una reducción de los intercambios. Como desventaja, los niños pasan bastante tiempo sin ver a uno de sus progenitores.
Reparto igualitario en custodia compartida 2-2-3
En el sistema 2-2-3 también se reparten los tiempos de manera equitativa, y se trata de evitar el inconveniente de que los niños pasen demasiado tiempo sin ver al otro progenitor, pero tiene como desventaja la falta de estabilidad y la dificultad para compaginarlo con las rutinas semanales.
Este sistema consiste en que los menores estén 2 días con un progenitor, 2 días con el otro y 3 días con el primero. Y la semana siguiente se repite el esquema pero se empieza por el otro progenitor.
Reparto por tercios en custodia compartida 70/30
En la custodia compartida 70/30 el reparto del tiempo está a medio camino entre la custodia compartida equitativa y la custodia exclusiva a favor de un solo progenitor. Supone distribuir el tiempo de custodia de modo que exista un progenitor y domicilio principal y otro con el que los niños pasen menos de la mitad del tiempo.
El reparto de tiempo no obedece exactamente a los porcentajes de 70 % frente a 30 %, solo es la forma de denominar este sistema. En realidad, se puede adoptar cualquier reparto que suponga custodia compartida de forma no igualitaria.
En cuanto a la forma de concretar ese tiempo de custodia, se puede adoptar la fórmula que se prefiera, como que los niños pasen con un progenitor 1 semana y con el otro 2, o que estén con uno 5 días de la semana frente a los 2 que están con el otro, etc.
Reparto igualitario por años completos
Este sistema es muy excepcional, ya que supone repartir el tiempo de manera equitativa pero alternativamente por años completos, según el calendario escolar. Con este reparto, los niños pasan un año entero en cada domicilio y sin ver al otro progenitor, lo que dificulta su arraigo en un lugar.
Este sistema está pensado para cuando los progenitores viven en distintos países, y tiene la ventaja de evitar viajes frecuentes a los niños, pero al coste de hacerlos cambiar de amigos, actividades y rutinas cada año.
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Contacta con nosotras¿Cuáles son los límites al establecer el reparto del tiempo en custodia compartida?
Las opciones que hemos analizado no constituyen una lista cerrada, sino que la ley permite que se establezca el reparto del tiempo que mejor satisfaga las necesidades de los implicados.
El único límite que hay que tener en cuenta es el interés superior del niño, ya que los progenitores corren el riesgo de centrarse en sus propias necesidades y deseos y perder de vista el bienestar y la tranquilidad de su hijo.
No se trata de una competición ni de ganar o perder, sino de buscar la fórmula más adecuada para todos y lo que sea mejor para el menor.
Además, cuando los progenitores actúan de común acuerdo, pueden proponer incluso un régimen de custodia exclusiva con un régimen muy amplio de visitas a favor del progenitor no custodio, si es que su disponibilidad personal no le permite cumplir con un régimen de custodia compartida.
El juez aprobará cualquier propuesta justificada siempre que no sea perjudicial para el niño.
En cualquier caso, la mejor solución es la que derive del mutuo acuerdo entre las partes, ya que, a falta de este, será el juez quien decida lo que estime oportuno, que puede no ser del agrado de nadie.


