¿Es posible divorciarse si uno de los cónyuges está fuera del país?

Divorciarse cónyuge fuera país

El hecho de que uno de los cónyuges resida fuera de España, bien por ser extranjero, bien por haber trasladado su residencia a otro país, no es un impedimento para tramitar un divorcio, para el que pueden ser competentes los tribunales españoles o los de otro país, según las circunstancias.

No obstante, aunque el divorcio internacional sea posible, sí que existen ciertos condicionantes que conviene conocer antes de iniciar el proceso. 

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¿Cuándo tiene lugar un divorcio internacional?

El divorcio se considera internacional cuando se cumple alguna de las siguientes condiciones:

¿Cuándo se debe tramitar en España un divorcio internacional?

Las reglas para determinar la competencia de los tribunales españoles varían ligeramente según se trate de un divorcio en el que intervenga un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o residente en un Estado miembro, o bien un ciudadano de un tercer estado o residente en un tercer estado.

Cuando existe un vínculo con otro Estado miembro de la Unión Europa, la competencia judicial se determina por el Reglamento (UE) 2019/1111, conocido como Bruselas II ter, que se aplica de manera preferente (a excepción de Dinamarca, que está excluida de la aplicación del Reglamento).

Si no resulta de aplicación el citado Reglamento, se seguirán los criterios que establece el artículo 22 quáter apartado c) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que tiene carácter residual, y se aplica en defecto de que exista competencia de otro tribunal extranjero.

No obstante, los criterios de ambas normas coinciden, y son:

  • Cuando ambos cónyuges tengan residencia habitual en España en el momento de interponer de la demanda.
  • Cuando ambos hayan tenido en España su última residencia habitual común y uno de ellos aún resida allí.
  • Cuando el demandado tenga su residencia habitual en España.
  • Cuando resida uno de los cónyuges en España, si la demanda es de mutuo acuerdo.
  • Cuando el demandante lleve al menos un año de residencia habitual en España en el momento de la interposición de la demanda.
  • Cuando el demandante sea español y tenga su residencia habitual en España al menos 6 meses antes de la interposición de la demanda.
  • Cuando ambos cónyuges tengan nacionalidad española. 

¿Es necesario que el cónyuge en el extranjero asista personalmente al procedimiento?

No, no es necesario que ambos cónyuges estén presentes personalmente en la tramitación si el divorcio se tramita por vía judicial. El cónyuge que reside fuera de España podrá intervenir en el proceso otorgando previamente un poder notarial para que un procurador pueda intervenir en su nombre.

El poder debe ser específico para el procedimiento de divorcio, y debe detallar las actuaciones que puede realizar el representante.

Si el divorcio se tramita ante notario, es necesaria la comparecencia de ambos cónyuges, por lo que en general no se podrá tramitar si uno de ellos está en el extranjero (solo se ha aceptado el divorcio notarial por poderes de forma muy excepcional).

¿Cómo afecta al procedimiento que uno de los cónyuges esté fuera de España?

El procedimiento de divorcio se ve afectado en algunos aspectos cuando interviene algún elemento extranjero, como es el hecho de que uno de los cónyuges resida fuera de España. Estos aspectos son:

Ley aplicable

Los cónyuges pueden elegir la ley aplicable al proceso de divorcio siempre que tengan con ella alguna vinculación jurídica en el momento de tomar ese acuerdo. Por tanto, podrán elegir la ley española cuando:

  • Tengan su domicilio común en España o haya sido el lugar de su última residencia común, si todavía uno de los cónyuges reside aquí.
  • Uno de los cónyuges sea español.
  • El divorcio se vaya a tramitar en España.

Poder notarial

Como ya se ha dicho, el cónyuge que resida fuera de España necesitará un poder notarial específico para poder intervenir en el proceso de divorcio en España, tanto si este es de mutuo acuerdo como si es contencioso.

El poder se puede tramitar en la embajada española en el extranjero o en el consulado español que corresponda por su lugar de residencia.

Una vez otorgado el poder, el representante del cónyuge ausente (el procurador) será quien presente en su nombre la documentación necesaria para el divorcio e intervenga en su nombre, aunque será el cónyuge desde el consulado o embajada quien ratifique el convenio regulador, en el procedimiento de mutuo acuerdo).

Notificación internacional

Si se trata de un divorcio contencioso, será necesario notificar la demanda al cónyuge ausente, lo que puede dilatar la tramitación de manera significativa. La notificación se podrá hacer a través de la embajada española en el extranjero o de los tribunales del país donde resida, o a través de las autoridades designadas del Estado de destino, si es un Estado miembro de la Unión Europea.

Legalización y apostilla

Los documentos que aporte el cónyuge que está en el extranjero pueden requerir de trámites adicionales, como es la legalización o la apostilla de La Haya, además de una traducción realizada por un traductor jurado.

Estos requisitos se pueden ver matizados si los documentos proceden de otro Estado miembro de la Unión Europea.

¿Qué documentación es necesaria para tramitar el divorcio con un cónyuge en el extranjero?

Para tramitar el divorcio, será necesario aportar la siguiente documentación: 

  • Documento de identidad o pasaporte.
  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de los hijos, si los hay.
  • Certificado de empadronamiento del cónyuge que resida en España.
  • Libro de familia, si existe.
  • Documentación relativa a los bienes y acuerdos económicos que sean relevantes para el proceso.
  • Si el divorcio es de mutuo acuerdo, se deberá presentar también una propuesta de convenio regulador firmado por los dos.
  • Si es un divorcio contencioso, habrá que presentar el escrito de demanda.

Como ya se ha dicho, todos los documentos expedidos en el extranjero deberán estar convenientemente legalizados o apostillados, y traducidos, si estaban redactados en un idioma no oficial en España.

¿Qué pasa si el cónyuge en el extranjero no quiere divorciarse?

El procedimiento de divorcio internacional puede ser más o menos complejo según la voluntad de las partes. Si el cónyuge que está en el extranjero no colabora, y se niega a divorciarse o a darse por notificado, la tramitación se puede complicar, pero no es un impedimento para que el divorcio se lleve a cabo.

El divorcio en ese caso deberá tramitarse por la vía contenciosa, y se deberá justificar ante el juez que se ha notificado fehacientemente al demandado o, si no ha sido posible, que se ha intentado la notificación conforme a las normas de notificación internacional, lo que supone aplicar un proceso especial de búsqueda y notificación sustitutoria, a través de exhortos internacionales y edictos.

El demandado será declarado entonces en rebeldía y el procedimiento seguirá su curso hasta la sentencia, que será publicada en el tablón de edictos del juzgado o en los boletines oficiales que correspondan si resulta imposible la notificación personal.

¿Qué reconocimiento tiene la sentencia de divorcio internacional?

La sentencia de divorcio internacional dictada en España tiene validez automática en todo el territorio de la Unión Europea. 

Si se desea aplicar o ejecutar en un país que no sea miembro de la Unión, será necesario someterla previamente a un trámite de reconocimiento por parte de los tribunales extranjeros (procedimiento de exequatur o similar).

Elena Crespo Lorenzo
Elena Crespo Lorenzo, abogada de familia

Abogada de familia y fundadora de Crespo Law, Abogadas de Familia.

Fundé Crespo Law, Abogadas de Familia después de mi propio divorcio para ayudar a otras personas a resolver el suyo con la empatía y la cercanía que tanto necesitan en momentos como este.

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