¿Cuándo entra en vigor un convenio regulador?

¿Cuándo entra en vigor un convenio regulador?

Para poder surtir efectos frente a terceros, el convenio regulador precisa de su ratificación por el juez, el letrado de la Administración de Justicia o el notario, según sea el procedimiento elegido en función de las circunstancias de cada caso, y surtirá efectos a partir de la firmeza de la resolución en que se recoja la ratificación.

Veamos exactamente en qué momento se produce esa firmeza.

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¿Cuándo se aprueba el convenio regulador?

El convenio regulador es el documento en el que los cónyuges o miembros de la pareja plasman los acuerdos alcanzados en relación con los aspectos patrimoniales o familiares de su ruptura, o solo en relación con los hijos, en el caso de no existir matrimonio.

Debido a su naturaleza contractual, el convenio regulador solo tiene cabida en los procedimientos de separación, divorcio o medidas paternofiliales que se tramitan de mutuo acuerdo, por los que se pretende la ratificación del convenio por parte del funcionario competente, que puede ser:

  • El notario o el letrado de la Administración de Justicia, en los casos en que no haya hijos menores en el matrimonio, ni mayores respecto de los cuales se hayan aprobado medidas judiciales de apoyo atribuidas a sus progenitores.
  • El juez, cuando sí hay hijos que cumplen las condiciones descritas en el punto anterior.

La ratificación se produce de distinta forma, según el caso:

  1. Por formalización del convenio en escritura pública, si se resuelve ante notario.
  2. Por decreto, si el competente es el letrado de la Administración de Justicia.
  3. Por sentencia judicial, si el competente es el juez.

Por tanto, el convenio regulador, en los procedimientos de mutuo acuerdo, se entiende aprobado o ratificado en el momento en el que recae la resolución correspondiente.

¿Cuándo entra en vigor el convenio regulador?

El convenio regulador entra en vigor y cobra fuerza ejecutiva desde el momento en que la resolución que lo aprueba adquiere firmeza. 

Una resolución es firme cuando ya no cabe recurso contra ella. Teniendo en cuenta que el convenio regulador es una figura contractual que se elabora por acuerdo entre las partes, no tiene sentido que, una vez aprobado, quepa recurso contra la resolución que lo aprueba, y por ello, la resolución adquiere firmeza desde el mismo momento en que se dicta, siempre que sea aprobatoria.

Es decir, si el convenio regulador es aprobado por el notario, el letrado de la Administración de Justicia o el juez, la resolución que lo aprueba no es recurrible y se entiende firme desde ese mismo momento. 

No obstante, sí cabe una posibilidad de recurso, pero solo por parte del Ministerio Fiscal y en interés de los hijos menores, pero ello no resta firmeza a la resolución.

Si, por el contrario, el convenio regulador es denegado, o el juez dicta un auto adoptando alguna medida que se adapte de los términos del convenio, en este caso, la resolución sí es recurrible en apelación, lo que es lógico, ya que el resultado de la resolución no es el esperado por las partes.

Así lo establece el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en sus apartados 8 y 10.

En el mismo sentido, el artículo 83 del Código Civil establece que los efectos de la separación matrimonial se producirán desde la firmeza de la sentencia o decreto que la declare, o desde la formalización de la escritura pública.

¿Qué significa que el convenio regulador entre en vigor?

La entrada en vigor de un convenio regulador se refiere al momento en que son exigibles frente a los tribunales los acuerdos de las partes reflejados en él. 

En este sentido, el artículo 90.2 del Código Civil aclara que los acuerdos se podrán hacer efectivos por la vía de apremio desde el momento de la aprobación del convenio regulador o del otorgamiento de la escritura pública, porque, como ya hemos mencionado, al tratarse de procedimientos de mutuo acuerdo, ya no cabe recurso contra la resolución y esta adquiere firmeza desde ese mismo momento.

Esto significa que si una de las partes incumple los términos del acuerdo, la otra parte podrá acudir a los tribunales para exigir el cumplimiento forzoso de lo acordado.

Además, la ley otorga otros efectos a la entrada en vigor del convenio regulador:

  • La sentencia firme, el decreto firme o la escritura pública que formalicen el convenio regulador producirán la disolución o extinción del régimen económico matrimonial, y aprobarán su liquidación si hay acuerdo de las partes al respecto (artículo 95 del Código Civil).
  • Cualquiera de las resoluciones que aprueban el convenio regulador produce la suspensión de la vida en común de los casados y la cesación de la posibilidad de vincular los bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica (artículo 83 del Código Civil).
  • La sentencia, decreto o escritura pública firme producirá plenos efectos frente a terceros de buena fe solo desde la inscripción en el registro civil
Elena Crespo Lorenzo
Elena Crespo Lorenzo, abogada de familia

Abogada de familia y fundadora de Crespo Law, Abogadas de Familia.

Fundé Crespo Law, Abogadas de Familia después de mi propio divorcio para ayudar a otras personas a resolver el suyo con la empatía y la cercanía que tanto necesitan en momentos como este.

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