¿Qué ocurre en caso de ruptura con hijos sin estar casados ni ser pareja de hecho?

Ruptura con hijos sin estar casados ni pareja de hecho

La separación con hijos sin estar casados ni ser pareja de hecho es sencilla en todo lo concerniente a la disolución del patrimonio común, pero no así en lo referente a los hijos. Las obligaciones que se crean con ellos son parecidas a las de un divorcio con hijos.

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Tramitación judicial de la ruptura

Si existen hijos menores de edad en común, la separación se tramita judicialmente en base al interés superior del menor. El Juez debe asegurarse de que los derechos de los hijos están debidamente protegidos.

Incluso aunque la ruptura se produzca de común acuerdo, el documento que contenga las medidas paternofiliales debe ser revisado por el Juez. Cuando no hay acuerdo entre los padres, será aquel el que tome las decisiones sobre la guarda y custodia y el régimen de visitas para, en su caso, el progenitor no custodio.

Otro importante aspecto que se regula en los tribunales es el del uso de la vivienda familiar. En las rupturas con hijos sin estar casados ni ser pareja de hecho, el juez atribuye el domicilio familiar al progenitor que tenga la custodia para proteger los intereses del menor, aunque la vivienda no sea de su titularidad.

Las medidas paternofiliales

Los hijos menores deben tener sus derechos adecuadamente protegidos, al margen de que no haya un divorcio propiamente dicho.

Estos derechos se reflejan en las medidas paternofiliales, que se recogen en un documento de similares características al convenio regulador de los divorcios. Dichas medidas son:

  • La guarda y custodia: se debe decidir si la custodia va a ser o no compartida. En el supuesto de que no se produzca de mutuo acuerdo, el Juez decide lo más adecuado para el menor, dependiendo de las circunstancias del supuesto concreto.
  • El régimen de visitas: salvo supuestos en los que realmente fuera a ser perjudicial, y aún así esta limitación se podría revisar, el progenitor no custodio tiene derecho a visitar a su hijo y a comunicarse con él. La forma de hacerlo, el momento y los límites se fijan en el documento de medidas paternofiliales.
  • El uso de la vivienda familiar: si hay una custodia monoparental, la atribución del uso de la vivienda familiar irá de la mano de la misma, ya que la ruptura, dentro de lo posible, debe suponer la menor alteración posible de la rutina de los hijos, además de que hay que proteger su derecho de vivienda.
  • La pensión de alimentos: si no hay custodia compartida, el progenitor no custodio debe contribuir a la manutención de los hijos con la pensión de alimentos. Esta depende de los ingresos de ambos progenitores y de los gastos de los hijos.

Derechos en las rupturas sin estar casados ni ser pareja de hecho

Las rupturas sin estar casados ni ser pareja de hecho no tienen en cuenta derechos para ninguno de los miembros más allá de lo que se refiere a los hijos en común. Por ejemplo, en la atribución del uso de la vivienda familiar, tan solo se tiene en cuenta la custodia de los hijos, pero no qué progenitor está más desprotegido económicamente.

Del mismo modo, no es habitual que se consiga el derecho a una pensión compensatoria en los tribunales, si bien para los hijos en común se puede solicitar una pensión de alimentos.

En cuanto al patrimonio común, al no haber matrimonio, no hay un régimen económico que disolver. Por tanto, si hay propiedades en común se deben someter a extinción del condominio, salvo en lo referente al uso del domicilio habitual por parte de los hijos, pues sus necesidades de vivienda deben estar debidamente cubiertas.

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