¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales son un documento que los cónyuges o futuros cónyuges pueden firmar para establecer condiciones particulares relativas a la convivencia y a aspectos económicos. Se trata de un acto voluntario, no obligatorio.

Si no se registran capitulaciones matrimoniales, los matrimonios se rigen por lo que establecen las leyes españolas en relación a deberes, derechos y a la administración de los bienes.

Para que el documento de capitulaciones matrimoniales tenga validez oficial, debe firmarse ante un notario público y registrarlo posteriormente en el Registro Civil.

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¿Cómo y cuándo hacer capitulaciones matrimoniales?

Las parejas que establecen capitulaciones matrimoniales lo hacen generalmente antes de contraer matrimonio, pero es un procedimiento que puede también hacerse una vez celebrado el matrimonio.

  • Si se firman antes del matrimonio, dicho matrimonio se tiene que realizar en un plazo no mayor de un año después de que se hayan firmado. Transcurrido ese período de tiempo, las capitulaciones perderían vigencia.
  • Si se firman después del matrimonio, entran en vigencia a partir del momento en que se firman. En el tiempo de duración de un matrimonio, pueden cambiarse y firmarse nuevas capitulaciones tantas veces se desee hacerlo, siempre y cuando ambos cónyuges estén de acuerdo y lo hagan libremente.

Las capitulaciones matrimoniales también pueden anularse, firmando igualmente ante notario público un documento en el que se solicite la anulación, e inscribiendo este documento luego también en el Registro Civil.

La anulación puede hacerse en un período de tiempo de cuatro años a partir del momento en que se firman; transcurrido ese lapso se considera que su contenido ha sido aceptado.

Requisitos para hacer capitulaciones matrimoniales

Pueden registrar capitulaciones matrimoniales las personas mayores de edad, los menores emancipados a partir de los 16 años, los menores de edad no emancipados, con la concurrencia de los padres o tutores, y las personas con discapacidad, asistidas por su representante legal.

Las condiciones que se establecen en las capitulaciones matrimoniales serán acordadas por ambos cónyuges de mutuo acuerdo. Pueden incluirse aspectos relativos al régimen económico y a la convivencia en el matrimonio. No podrán las capitulaciones matrimoniales en ningún caso establecer condiciones que vayan en contra de la ley y de los derechos de los cónyuges.

Si las capitulaciones incluyen bienes inmuebles, el documento deberá inscribirse ante el Registro de la Propiedad. Si incluyen disposiciones sobre una empresa familiar, deberán inscribirse ante el Registro Mercantil.

Regímenes matrimoniales que existen en España

El marco legal en España prevé tres tipos de regímenes de bienes:

  1. El régimen de bienes gananciales.
  2. Régimen de separación de bienes.
  3. El régimen de participación.

La ley establece por defecto en casi todo el territorio español, salvo en Cataluña e Islas Baleares, el régimen de bienes gananciales para los matrimonios. Esto quiere decir que todos los bienes que se adquieran después del matrimonio son propiedad compartida por ambos cónyuges, en un 50% para cada uno, independientemente de la cantidad que cada uno haya aportado para la adquisición. En caso de divorcio, esos bienes habidos en el matrimonio se repartirán de esa manera, 50/50% para cada cónyuge.

Muchas veces se establecen capitulaciones matrimoniales cuando los patrimonios propios con los que los esposos llegan al matrimonio son muy desiguales. Las capitulaciones matrimoniales permiten poner en claro límites que pueden evitar situaciones desagradables a futuro en caso de divorcio, por ejemplo.

El régimen de separación de bienes es el que prevalece por defecto en Cataluña e Islas Baleares. Permite que los bienes que se adquieran después del matrimonio sean propiedad solo del cónyuge que lo adquirió y si los adquieren de manera conjunta se establece la cotitularidad expresamente, delimitando incluso el porcentaje que es pertenece a cada uno.

Puedes encontrar las principales diferencias entre la sociedad de gananciales y la separación de bienes en este post.

El tercer régimen matrimonial que existe en España, el de participación, establece que cada uno de los cónyuges tiene el derecho de participar en las ganancias que el otro cónyuge recibe.

Bienes privativos y pacto de liquidación de bienes

En un documento de capitulaciones matrimoniales, aun manteniendo el matrimonio el régimen de bienes gananciales, se pueden definir y establecer algunos bienes privativos para uno u otro de los cónyuges, que provengan por ejemplo de donaciones que estos reciban.

Son bienes privativos, es decir propios de cada cónyuge, los que adquirió antes del matrimonio, los que reciba por herencia o legado, y pueden serlo, si se deja claro en las capitulaciones los que reciba por otras vías, tales como la mencionada de una donación.

También se puede establecer en las capitulaciones matrimoniales un pacto de liquidación de los bienes en caso de ruptura. En él se establecerán los criterios con los cuales se repartirán los bienes y las condiciones de si se renuncia o no a una pensión, a la que pueda tener derecho uno de los cónyuges en caso de separación o divorcio.

Aspectos no económicos

Las capitulaciones matrimoniales suelen centrarse en aspectos patrimoniales, y pueden ser un documento breve que estipule tan solo el régimen económico al que se acogerá el matrimonio.

Pero pueden ser también un contrato bien detallado donde se especifiquen los aspectos tanto económicos como de convivencia que se quieran regular.

En las capitulaciones matrimoniales pueden incluirse aspectos relativos a la convivencia tales como:

Inscripción en el Registro Civil

Generalmente, las capitulaciones matrimoniales se inscriben en el mismo Registro Civil donde se celebró el matrimonio. Deben inscribirse ante esta instancia para que tengan efecto sobre terceros.

Para hacerlo se debe hacer la solicitud de inscripción ante el Registro Civil. Esto puede estar expresado ya en el texto mismo del documento de capitulaciones. Se llevarán al registro una o dos copias de las capitulaciones y el libro de familia para actualizarlo en ese momento.

Si por incluir medidas sobre inmuebles o empresas, las capitulaciones matrimoniales que se inscriban también ante los registros de la Propiedad y Mercantil, deben haber sido previamente inscritas en el Registro Civil.

Las capitulaciones matrimoniales son, en resumen, un contrato accesorio de un contrato principal que es el matrimonio. Por lo que, si se extingue el matrimonio, se extinguen con él las disposiciones de las capitulaciones matrimoniales.

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