El divorcio express o exprés se introdujo en 2015 con la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. Se trata del procedimiento legal por el que dos personas pueden divorciarse sin necesidad de acudir ante el juez.
La posibilidad de que no exista intermediación judicial permite que el divorcio, además de ser más rápido, sea más económico. Se puede llevar a cabo ante notario o, en el juzgado, ante el Letrado de la Administración de Justicia.
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Contacta con nosotros¿En qué consiste exactamente el divorcio express?
El divorcio express es una figura jurídica que tiene unas características concretas que lo definen:
Es necesario realizar un convenio regulador
En el convenio regulador se deben incluir los efectos que tendrá el divorcio, además de la voluntad común de divorciarse. Por ejemplo, en él se incluye la pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges o a quién se le atribuye el uso de la vivienda familiar.
La documentación que hay que aportar
La documentación que hay que aportar para un divorcio exprés es:
- El certificado de matrimonio.
- El convenio regulador.
- El libro de familia, ya que así se demuestra que no hay hijos menores de edad que puedan verse perjudicados.
- El certificado de empadronamiento.
- La documentación que acredite los bienes y deudas de la sociedad ganancial, en caso de haberla, para proceder a su disolución.
Es más económico
Otra de las características que definen el divorcio exprés es que es mucho más económico, al no haber intermediación judicial. El coste que se debe asumir es el de los honorarios del abogado y del procurador.
Consecuencias legales
Una última nota definitoria del divorcio exprés es la de sus consecuencias legales:
- Se disuelve el matrimonio, lo que implica que se modifique el estado civil y que ya no existan deberes recíprocos entre los cónyuges, que adquieren el derecho de contraer un nuevo matrimonio.
- Se disuelve el régimen económico del matrimonio.
- Se mantienen los derechos y obligaciones con los hijos.
¿Cuáles son los requisitos?
El divorcio exprés conlleva una serie de requisitos:
- Debe realizarse de mutuo acuerdo.
- No pueden existir hijos menores de edad o mayores con discapacidad y medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, en base al interés superior del menor.
- Como mínimo, uno de los cónyuges debe ser residente en España.
- Se tiene que haber estado casados durante tres meses o más.
- Se debe realizar el mencionado convenio regulador.
Tipos de divorcio express
Hay distintos tipos de divorcio exprés, tanto si este se realiza ante notario o si se lleva a cabo en el Juzgado, ante el letrado.
1. No hay hijos ni bienes en común
El primer tipo de divorcio es aquel en el que los cónyuges no tienen hijos ni bienes en común. Es el más sencillo de todos, puesto que tan solo se deberá aportar la separación de bienes y la escritura de las capitulaciones matrimoniales ante notario o letrado.
2. Existen bienes en común, pero no hijos
Si existía un régimen económico matrimonial de gananciales o había bienes en común, será necesario llegar a un acuerdo para su distribución en el convenio regulador. En este supuesto, dicho convenio adquiere una especial relevancia.
3. Existen hijos en común, pero no bienes
Los hijos no podrán ser menores ni con discapacidad para acudir al divorcio exprés. No obstante, si son mayores de edad pero siguen siendo económicamente dependientes, aspectos como la atribución del uso de la vivienda familiar se hacen primordiales. Por tanto, en este supuesto también es de especial relevancia el convenio regulador.
4. Existen tanto hijos como bienes
De todos los tipos de divorcio, se trata del más delicado. El convenio regulador debe ser igualitario con los cónyuges, de modo que ninguno de ellos, así como los hijos mayores de edad en caso de ser económicamente dependientes, queden desprotegidos.
Las características de voluntariedad y la predisposición de hacerlo de común acuerdo por parte de ambos cónyuges es fundamental, ya que al existir hijos y bienes en común, es fácil que haya desacuerdos, por lo que podría acabar convirtiéndose en un divorcio contencioso ante el juez.